Confesionario en
lengua mexicana y castellana (1599) y Advertencias para los confesores de los
naturales (1560), compuesta por fray Juan Baptista, editados en el convento
de Santiago Tlatelolco, ciudad de México.
Introducción: Isis Zempoalteca Chávez.
Año: 2015.
Fray Juan Bautista (1555 - ca. 1613). Natural de la
Nueva España, donde nació en 1555, ignorándose el lugar de su nacimiento;
vistió el hábito en el convento de San Francisco de México probablemente el 25
o 26 de julio de 1571, a los 15 de edad, donde profesó al año siguiente. En
este mismo convento debió de hacer sus estudios filosóficos y teológicos,
teniendo por Lector de aquéllos al padre Miguel de Zárate. Debió de comenzar a
estudiar la lengua mexicana a eso de los dieciséis años, no por propia
iniciativa y espontáneamente, sino por instancias del padre Francisco Gómez,
quien le enseñó la gramática. Se perfeccionó en el conocimiento de esta lengua
con las lecciones que recibió de los padres Miguel de Zárate y Jerónimo
Mendieta, y cuando llegó a dominarla, comprendiendo cuán necesario era el mexicano
para ejercer fructuosamente el ministerio entre los indígenas, no cesaba de
recomendar su estudio a los que lo ignoraban. Su discípulo Torquemada dice que
él que era “religioso de gran exemplo y observancia, agora en nuestros tiempos
ha ilustrado esta Provincia, y aprovechando a todos los de estos reinos con las
obras, que en romance, y en Lengua Mexicana ha compuesto, muy dignas de su
ingenio y celo santo del bien de las almas […]” . La Provincia haciendo justo
aprecio de tan relevantes prendas, le encargó las cátedras de Filosofía y Teología
en el convento de San Francisco de México. El padre Baptista debió de ser
nombrado en el Capitulo de 1595 Guardián de Texcoco, donde lo era en 1597.
Desde 1598 hasta 1603 fue Guardián del convento de Santiago de Tlatelolco. De
1603 a 1605 fue Definidor.
Escritor fecundo, escribió:
1. Indulgentiae
ac peccatorium remissiones, a summis Pontificibus concessae regularibus […]
año de 1604.
2. Catecismo
breve en lengua mexicana y castellana, en el cual se contiene lo que
cualquier cristiano (por simple que sea) está obligado a saber y obrar para
salvarse.
3. Breve tratado
del aborrecimiento del pecado, que se intitula Tepiton Amuxtli.
4. Hieroglificos
de conversión, donde por estampas y
figuras se enseña a los naturales el aborrecimiento del pecado, y deseo que
deben tener al bien soberano del cielo.
5. Espejo
espiritual, que en la lengua se intitula Teoyoticatezcatl, donde se enseñan las cosas que está obligado el hombre
a amar, con lo cual cumple la ley de Dios: el premio de los que la guardan, y
el castigo de los que la quebrantan.
6. Las
indulgencias que ganan los cofrades del cordón.
7. La vida y
muerte de tres niños de Tlaxcala, que murieron por la confesión de la fe,
según que la escribió en romance el padre fray Toribio Motolinía, uno de los
doce religiosos.
8. La doctrina
cristiana, dividida por los días de la semana con oraciones para cada día.
9. Oraciones muy
devotas a la Santísima Trinidad, divididas por los días de la semana.
10. La vida y
milagros del glorioso y bienaventurado S. Antonio de Padua de la Orden de N. P.
S. Francisco, primer Lector de teología, y predicador general de esta seráfica
religión. En México, año de 1605.
11. De la
miseria y brevedad de la vida del hombre, y de sus cuatro postrimerías.
México, año de 1604.
12. Primera parte del sermonario. México,
1606.
Entre las obras manuscritas del padre Baptista se
cuentan:
1. Vocabulario
eclesiástico.
2. Flor Sanctorum,
en mexicano.
3. Exposición del Decálogo.
4. Versión al mexicano de una gran parte de la Vanidad del mundo del padre Estella.
5. Tres libros de comedias en mexicano[1].
Además el principal merecimiento es
haber dado a luz los Discursos de los
viejos (Huehuetlatolli) hacia
1600, en los cuales se recogen los largos parlamentos que hacían los viejos a
los jóvenes para adoctrinarlos, la recopilación primitiva se debió a Fray de
Olmos.
Los textos que a continuación se
presentan, elaborados por fray Juan Baptista; el primero se trata de un Confesionario en lengua mexicana y
castellana, acompañado de una serie de Advertencias;
el segundo continua con las Advertencias
para los confesores de los naturales, y un Breve Confesionario, mostrando la forma en que debe de interrogarse
a los confesos. Asegurándose el autor de especificar las preguntas necesarias
para hacerles a los penitentes, en cuanto que el confesor las entienda.
Importante señalar que de ambos textos se consideró únicamente los fragmentos
en su forma bilingüe, para fines del proyecto de Ediciones de Sup-infor, que
más adelante se menciona.
Del Confesionario se incluye la tabla de los capítulos contenidos, el
confesionario mayor, en preguntas y respuestas, acerca de los diez
mandamientos; los cinco mandamientos de la iglesia, sobre los siete pecados
mortales, los cinco sentidos, las siete obras de misericordia corporales, las
siete obras espirituales; una breve platica que el confesor debe hacer al
penitente después de la confesión; un confesionario aun más breve; y por ultimo
una tabla alfabética de todas las materias contenidas en el confesionario. Y de
las Advertencias para los confesores,
se contempló la parte que refiere a las preguntas y respuestas que son “muy”
útiles al aprendizaje del catecismo, preguntas de la doctrina cristiana que el
confesor, debe de aplicar a la gente “simple y plebeya” a las que administra el
sacramento de la confesión.
En ese mismo tenor, nos referimos al Confesionario, con la intención de que
forme parte integrante del cada vez más amplio reportorio de textos bilingües
que ponemos a consideración de los investigadores de las más diversas
disciplinas para que puedan enriquecernos con el fruto de sus valiosos trabajos
de análisis.
La decisión anterior
conlleva la necesidad de definir claramente lo que debe entenderse por el
término confesión, etimológica y cronológicamente, en un afán de entender mejor
la administración del sacramento de la Penitencia. El término proviene del
latín confessio, que significa
declaración y hace referencia, en el lenguaje religioso, a dos hechos
fundamentales: a) la declaración o afirmación pública o
privada de la fe o de la creencia religiosa y b) la declaración solemne de fe
de una iglesia, ó secta de la misma, expresada verbalmente o por escrito.
Entendido así, el acto de confesión se establece como el sacramento del perdón
de los pecados del creyente cristiano. Su realización puede ser ordinaria si se
practica por lo menos una vez al año, o extraordinaria cuando se efectúa en
caso de enfermedad o peligro de muerte, sin establecerse un sitio físico
adecuado para realizar la confesión ordinaria.
El acto de confesión se divide en:
1.
Examen de conciencia: que
motive al penitente al arrepentimiento de los pecados.
2.
Arrepentimiento de los
pecados cometidos; bien por un acto de amor a Dios misericordioso (contrición),
o como consecuencia del temor de Dios, como justo juez (atrición).
3.
La vergüenza y
humillación que el penitente sufre para enunciar sus culpas no se juzga como un
elemento negativo; al contrario manifiesta la verdad de su exposición, lo pone
en situación de ser purificado al ser perdonado de la falta cometida.
4.
La humillación sufrida
por el penitente y la correspondiente autoridad del confesor para imponer la
penitencia que considere proporcional al pecado confesado.
5.
Y por último el
otorgamiento o no de la absolución, equivalente a la sentencia emitida de
manera declaratoria, como si se tratara de un verdadero acto judicial; lo que
convierte al confesor no en mero interlocutor sino en verdadero juez.
Así pues, en la evolución de la
historia del cristianismo, desde los primeros siglos, la confesión se realizaba
de manera pública y formaba parte del sistema penitencial de la iglesia
primitiva. Durante los siglos IV al VII, la penitencia canónica se continúo
efectuando de tal forma: “[…] que gran parte del rito se realizaba frente a la
muchedumbre”. Posteriormente, con la celebración del Concilio de Letrán hacia
el año de 1215, esta se convirtió en un acto obligatorio por lo menos una vez
al año, durante la celebración de la Pascua, alternándose “la confesión
auricular o privada, que había coexistido simultáneamente con la pública y
había ganado muchos adeptos entre la iglesia y los mismos fieles [hasta que]
fue aceptada de manera oficial”.[2]
Luego, al celebrarse el Concilio Ecuménico de Trento entre 1545 y 1563, la
confesión pasó a formar parte del sistema sacramental (siendo uno de los siete
sacramentos instituidos por Cristo para el perdón de los pecados), donde: “las
autoridades tridentinas decretaron que la penitencia era el medio para obtener
la salvación eterna, pues el hombre, a pesar de su fe, no podía estar seguro de
su salvación en virtud de que por su propia naturaleza esta propenso a caer en
pecado. Sólo podía alcanzar la gracia de Dios por medio de la penitencia.
También se estableció que la confesión era el ´medio seguro de salvación´ y fue
considerada como la tabla de salvación del hombre pecador”.[3]
Surge así el Confesionario como libro, manual o guía para la realización de un
examen de conciencia, basado en preguntas breves que permiten al penitente
recordar todas las situaciones en las cuales estuvo expuesto a incurrir en
pecado (venial o mortal). El confesionario es elaborado por los sacerdotes
especializados en teología moral para ayudar al penitente en los actos
cotidianos en los que haya incurrido, todo ello sostenido en los sacramentos de
la iglesia católica. En el siglo XVI, como consecuencia del Concilio de Trento,
se produjo una verdadera explosión editorial en torno a la penitencia; en
donde: “la estructura de estos manuales es, en general, bastante repetitiva.
Suele empezar por un estudio sobre las partes de la confesión y sus consejos
sobre la actitud del confesor y del penitente, pasan después al examen de los
pecados posibles contra cada mandamiento de la ley de Dios, de la iglesia o
contra los sacramentos y quedan desarrollados también los llamados “pecados
capitales” A menudo presentan listas de los pecados más comunes de algunos
oficios: comerciantes, señores, jueces, eclesiásticos”.[4]
Es necesario aclarar, por último, que
la transcripción se hizo bajo las normas de las Ediciones Sup-infor, que tiene
como finalidad fundamental el conocimiento lingüístico de las lenguas
amerindias, particularmente de los vestigios impresos de la lengua nahua.
Importante señalar que, como base del siguiente trabajo se empleo la edición de
Confesionario en lengua mexicana y
castellana (1599) y Advertencias para
los confesores de los naturales (1560),
que forman parte del acervo de la Biblioteca John Carter Brown, de
Providence, Estados Unidos de América. Se respetaron los caracteres
tipográficos y separación de sílabas y palabras del autor, así mismo se
colocaron todos los acentos: agudos, graves y circunflejos utilizados. En el
caso de los tipos no usados en la actualidad para la señalización de las
silabas abreviadas, en las que se colocaron delante de cada una de ellas, como
ejemplo de q^ para designar “que” o d^ en el caso de “de” u otros. Así mismo se
colocaron en dos columnas los textos: tanto la versión castellana como su
correspondiente traducción en el caso de no existir en la edición original,
para la mejor comprensión y correlación.
[1] Zulaica Gárate, Roman. Los Franciscanos y la imprenta en México en el siglo XVI. México, UNAM, 1991, pp. 217-235
[2] González Marmolejo, Jorge René. Sexo y Confesión. México: INAH-CONACULTA, 2002, p. 15.
[3] Ibidem. p. 16.
[4] Sarrión Mora, Adelina. Sexualidad y confesión: la solicitación ante el Tribunal del Santo Oficio. Cuenca: Ediciones de la Universidad de Castilla, La Mancha, 2010 (Colección: MONOGRAFIAS Núm. 60), p. 39.