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Documentos Nahuas del Archivo General de Notarias del Estado de Puebla.

Escribanías Novohispanas Foráneas.

Isis Zempoalteca Chávez.

Año 2017.

 

En la búsqueda de manuscritos escritos en náhuatl durante la época colonial, se empezó a explorar el rico acervo histórico del Archivo General de Notarías del Estado de Puebla (AGNEP por sus siglas), integrado por seis escribanías metropolitanas y dieciséis foráneas, siendo creadas estas últimas durante el proceso de la división territorial del Estado en Distritos, los que en su devenir histórico fueron llamados también Departamentos y en ocasiones Jefaturas Políticas, siendo las cabeceras distritales las sedes de las diferentes escribanías existentes, conservándose de éstas las siguientes: Atlixco, Acatlán, San Andrés Chalchicomula (actualmente Ciudad Serdán), Cholula, Huejotzingo, Izucar, San Juan de los Llanos (hoy Libres), Tecali, Tecamachalco, Tehuacán, Tetela, Tepeaca, Tlatlauhquitepec, Teziutlán, Zacatlan y Zacapoaxtla. De las cuales y para la finalidad del presente trabajo se consultaron y revisaron únicamente nueve escribanías foráneas por su periodicidad[1]. Cada Escribanía, en palabras del investigador Arturo Córdova Durana, se componían de “protocolos de determinado escribano o lugar, los que pueden encontrarse en fojas sueltas, expedientes mensuales o libros anuales, los cuales fueron resguardados en cajas archivísticas” para su mejor conservación. 

 

El AGNEP “fue creado para concentrar y resguardar la rica información de las escribanías coloniales y decimonónicas que existieron en Puebla, así como los protocolos de las recién creadas notarias”. El investigador y gran conocedor del acervo Córdova Durana lo describe de manera concisa y detallada en la guía de los diferentes acervos históricos creados, escrita en colaboración de la historiadora francesa Evelyne Sánchez como ayuda a los investigadores incipientes o conocedores que requieren la localización rápida de documentación específica.[2] Córdova afirma que desde su creación, a comienzos del siglo XVI, la mayoría de los documentos del archivo estuvieron compuestos por legajos sin empastar para el periodo colonial y libros encuadernados o empastados para los emitidos en los siglos XIX, XX y XXI de “estos tomos contiene, por lo regular, tres tipos de instrumentos de consulta, consistentes en las escrituras notariales, en índices descriptivos de las mismas, ordenados cronológicamente y en apéndices que se integran con la documentación comprobatoria que dan legalidad a los instrumentos públicos suscritos ante el notario en cuestión”.[3]

 

La rica y variada tipología documental de las escrituras protocolarias está integrada, de manera general, de:

 

“Poderes generales y especiales, compraventas, imposición de censos o hipotecas, fianzas, compañías de comercio, contratos de fábrica de casas, templos, haciendas, molinos, batanes, ingenios, retablos, etc., testamentos y codicilos, cartas de obligación de pago, dotes, arrendamientos, cartas de servicio, cartas de aprendizaje de los distintos oficios que existían en la ciudad (plateros, tejedores, sastres, loceros, pintores, doradores, ensambladores, herradores, etc.), fundaciones de capellanías, hospitales, hospicios, colegios, aniversarios y obras pías, inventarios y avalúos de bienes muebles e inmuebles, constituciones, disoluciones y liquidaciones de sociedades mercantiles, capitulaciones matrimoniales, documentación del Consulado de Comercio, creaciones y desapariciones de empresas y fábricas textiles y de otras ramas industriales, etc.”[4]

 

Las investigaciones realizadas sobre la función notarial señalan que la antigüedad de ésta es equiparable a los actos jurídicos en la socialización del hombre, pues regulan y establecen la propiedad privada y pública, debido a la fe pública con la que está investido el funcionario que la ejerce. A la llegada de los españoles a suelo americano, la mayor parte de las leyes que regían la Península son adaptadas automáticamente, aun sin establecerse las diferencias con el único objetivo de ir obedeciendo a la necesidad de registrar inmediatamente la conquista militar de un nuevo territorio y estableciendo instituciones que pudiesen administrar tales bienes obtenidos como parte de una conquista justificada; no olvidemos que el mismo Hernán Cortés fue escribano real antes de convertirse en conquistador.  Posteriormente y una vez instalados los conquistadores y colonos, se fueron moldeando las instituciones y sus reglas a las nuevas circunstancias de colonización “Todas las Leyes de Castilla tuvieron una rápida incorporación en la Nueva España, y es natural que con la influencia y la presencia del conquistador no tardasen en aplicarse las de la práctica notarial”, esta legislación adaptada, poco a poco fue completada por cédulas, provisiones, ordenanzas e instrucciones reales que tenían la finalidad de resolver casos concretos y que fueron reunidos posteriormente, junto con los mandamientos virreinales, en lo que se llamaría Recopilación de Leyes de Indias, siendo conocidas algunas de estas compilaciones por el apelativo del legislador que las dio a conocer, como fue el caso de: El Cedulario de Puga y el Cedulario Indiano de Diego de la Encina; otras, simplemente se dieron a conocer como: La Recopilación sumaria de todos los autores acordes de la Real Audiencia y Sala del Crimen, Las Pandectas hispano-mexicanas de Juan N. Rodríguez de San Miguel, etc.

 

En el texto Los inicios de la actividad notarial en México con la coordinación de Guadalupe Pérez de San Vicente, sitúan el punto de partida del proceso de formación del Derecho Indiano en la tradición jurídica castellana, cuyas fuentes eran los Ordenamientos de Cortes y las Leyes Reales, el Fuero Real y el Liber Judiciorum y las Partidas. Además las Leyes de Toro que asimilaron algunas disposiciones del Ordenamiento Real de Alcalá de Henares (1348) y el Ordenamiento de Toledo (1480), la importancia del Derecho Romano. Las Recopilaciones de 1448 promovidas por los Reyes Católicos o también llamadas Ordenanzas Reales de Castilla; el Libro de Bulas y Pragmáticas impresas en 1503 por el escribano del Consejo Real Juan Ramírez.[5]

 

A lo largo de su copioso y nutrido estudio sobre el tema, Bernardo Pérez Fernández del Castillo ha señalado que:

 

En la época colonial, una de las facultades del rey era la de designar a los escribanos por ser una de las actividades del Estado. En la práctica, los virreyes, gobernadores, alcalde y los cabildos hacían uso de esta facultad al designar de manera provisional a los escribanos, mientras que el rey los ratificaba. En un principio, existía la compra del oficio, siendo una de las formas de ingreso a la escribanía; en efecto, eso continúo durante varias épocas”.

 

Se requería para esta función u oficio en un principio con este rango y posteriormente profesionalizándose, los siguientes requisitos: “ser mayor de 25 años, de buena fama, lego, reservado, cristiano, de buen entendimiento, vecino de lugar y conocedor del escribir”.

 

Se consideró como espacio temporal en el rastreo de ejemplos lingüísticos de la lengua náhuatl, desde la etapa colonial hasta el comienzo de la etapa independentista. Cada Escribanía varía en cantidad y número de cajas donde se resguarda su documentación, cuya diversificación entre ellas es importante debido a la cercanía del distrito a la capital o bien determinada por la creciente actividad económica y legal del territorio que abarcó cada distrito; y en otros casos, su extensión está determinada por las pérdidas de documentación sufrida en el tiempo de su existencia en los locales originales, siendo el ejemplo más dramático la Escribanía de Huejotzingo donde no existe documento alguno, por haber sido destruida durante las luchas revolucionarias vividas en la localidad en la segunda década del siglo XX. Otros distritos sufrieron también pérdidas considerables, pero conservan aún valiosa información como el caso de las Escribanías de San Juan de los Llanos (actualmente Libres), Izucar o Tlatlauquitepec.

 

Los cuadros que agregamos a continuación resume la información contenida en el presente trabajo: el primero refiere la cantidad de cajas revisadas por cada distrito, años extremos que comprende cada uno y las observaciones generales que se consideraron pertinentes agregar, como señalar la existencia o no del material físico. El listado sólo se considerará válido a partir de las políticas de organización interna del AGNEP.

 

El segundo cuadro contiene los resultados del corpus documental de cada ejemplo lingüístico y temático por cada documento náhuatl registrado en la presente investigación, lo que se logra a través de las cuatro siguientes variables: la sede distrital actual de la escribanía novohispana, la data crónica del documento, la tipología documental del mismo y las observaciones generales, en donde se anotó si la escritura cuenta con traducción castellana si es de la época del documento o española si es actual, si se sabe quién la realizó y si ésta es del dominio público o no[6]. La publicación en las Ediciones Sup-Infor, propone la transcripción paleográfica, tanto de la parte náhuatl como de la española, acompañada de la reproducción digital de cada documento, cuya referencia como encabezado de cada documento, fue designado por la presente investigación para las posibles consultas de los materiales.

 

Hacemos patente nuestro agradecimiento por la valiosa ayuda, servicio y atención prestada por parte de la dirección del AGNEP, el cuerpo administrativo y el área de atención al público que laboran en la mencionada institución archivística para el desarrollo del presente trabajo, dejando constancia de su entrega y profesionalismo.

 

Tabla de las notarias foráneas conservadas en el fondo del AGNEP.

Distrito

Número de cajas

Años

Observaciones

Atlixco

73

1574-1809

Caja número 50 no existente.

Acatlan

No

No

 

Chalchicomula

No

No

 

Cholula

39

1590-1809

Caja número 33 no existente.

Huejotzingo

No

No

No existe documentación alguna debido a la desaparición de estos en la época revolucionaria.

Izucar

10

1604-1810

 

San Juan de los Llanos (actualmente Libres)

12

1618-1808

 

Tecali

1

1740-1787

 

Tecamachalco

No

No

 

Tehuacan

26

1591-1803

Caja 14 vacía

Tetela

No

No

 

Tepeaca

63

1551-1799

 

Tlatlauquitepec

No

No

 

Teziutlan

4

1689-1815

 

Zacatlan

No

No

 

Zacapoaxtla

2

1712-1802

 

 

Tabla general de los documentos consultados.

Escribanía

Tipología

Data crónica

Observaciones

Atlixco_1

Compra de tierra: Pascual García (Tianguismanalco).

1635

 

Atlixco_2

Memoria de un sitio: Juana Bautista (San Martin Huaquechula).

1732

 

Atlixco_3

Venta de casa y sitio: Magdalena de Molina (San Martin Huaquechula).

1735

 

Atlixco_4

Memoria de testamento: Gregorio de San Pedro (Tochimilco).

1651

Con traducción original.

Atlixco_5

Descargo de testamento: Andrés de la Cruz (San Baltazar Atlimiyaya).

1706

 

Cholula_1

Petición de restitución de una capilla: fiscales (Cholula).

1643

Con traducción original.

Cholula_2

Memoria de testamento: Pascual Ignacio Romero (Barrio de Santiago, Cholula).

1737

Con traducción original.

Cholula_3

Venta de casa y solar: Juan de la Cruz (Barrio de Santiago, Cholula).

1759

 

Izucar_1

Poder: Diego Centeno (Santa María Necastla).

1611

 

Izucar_2

Carta de pago: Alonso de Contreras (Santo Domingo Izucar).

1611

 

Izucar_3

Pleito sobre tierras: Francisco de Santiago (Santo Domingo Izucar).

1714

 

Izucar_4

Escritura de tierras: Micaela María (Santo Domingo Izucar).

1763

 

Libres_1

Carta de pago: Juan Rodríguez (San Juan de los Llanos).

1680

 

Libres_2

Carta de venta. Domingo Martín Miguel Salgado y Juan Vázquez (San Pedro Zacapoaxtla).

1696

 

Tepeaca_1

Pago de escritura: Elías Moysen y Bartolomé Sánchez (Santa Inés Tultitlan).

1606

 

Tepeaca_2

Memoria testamento: Ana Sánchez (Tepeaca).

1605

Con traducción original y traducción contemporánea de Hildelberto Martínez que no se incluyo en el presente trabajo.

Tepeaca_3

Venta de caballerías de tierra: Francisca de Guzmán (Tepeaca).

1605

Traducción contemporánea de Hildelberto Martínez que no se incluyo en presente trabajo.

Tepeaca_4

Carta de pago: María Macaxochitlan (Quecholac).

1608

 

Tepeaca_5

Carta de pago: Alberto Ruiz (Tepeaca).

1625

 

Tepeaca_6

Carta de pago. Melchor Veracruz (Santiago Tecali).

1634

 

Tepeaca_7

Escritura de venta. Domingo Jiménez (Tepeaca).

1614

Con traducción original.

Tepeaca_8

Testamento: José Flores (Santiago Tecali).

1656

Con traducción original.

Tepeaca_9

Testamento: Miguel de Santiago (Santiago Tecali).

1620

Con traducción original.

Tepeaca_10

Arrendamiento: Bartolomé Luna y Cristóbal Guzmán (Tecamachalco).

1666

 

Tepeaca_11

Testamento. Domingo de Mendoza (Acatzingo).

1618

Con traducción original.

Tepeaca_12

Testamento: Barbola de Mendoza (Acatzingo).

1671

Con traducción original.

Tepeaca_13

Carta de comprar de solar: José de Hortigosa (Tecamachalco).

1685

Con traducción original.

Tepeaca_14

Testamento: Miguel Francisco (Tepeaca).

1699

Con traducción original.

Tepeaca_15

Venta de tierras: Pedro Tobías (Quecholac).

1626

 

Tepeaca_16

Testamento: Jerónimo de los Santos (Tepeaca).

1712

Con traducción original.

Tepeaca_17

Venta de solar: Joseph y Micaela García alías Bolaños (Acatzingo).

1703

Con traducción original.

Tepeaca_18

Escritura de venta: Roque de Santa María (Acatzingo).

1733

Con traducción original.

Tepeaca_19

Carta de venta: Pedro Feliciano (Acatzingo).

1563

 

Tepeaca_20

Concierto por tierras: Diego de Rojas y Jacobo Mayor (Sin nombre de la localidad).

1560

Traducción contemporánea de Luis Reyes García que no se incluyó en el presente trabajo.

Tepeaca_21

Proceso criminal: Felipe Juárez y Joaquín Vázquez (Tepeaca).

1593

 

Tepeaca_22

Proceso ordinario por una casa: Tomás Álvarez contra Lorenzo Vázquez (Tepeaca).

1603

 

Tepeaca_23

Proceso criminal por el delito de estupro: Ana contra Agustín Tlale (Sin nombre de la localidad).

1573

 

Tepeaca_24

Fragmento sin identificar: Juana Ozomahxoch (Tecamachalco).

1583

 

Tepeaca_25

Fragmento sin identificar (Tlacotepec).

Sin data

 

Tepeaca_26

Fragmento sin identificar (Sin nombre de la localidad).

Sin data

 

Tepeaca_27

Fragmento sin identificar: Felipe Ortiz (Tecamachalco).

1573

 

Tepeaca_28

Acta de elección de la república de indios (Tepeaca).

1704

Con traducción original.

 

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[1] Ver tabla.

[2] Córdova Durana, Arturo. Mundos Nuevos. Guía del investigador americanista: El Estado de Puebla. 2008.

[3] Ibid.

[4] Ibid.

[5] Pérez San Vicente, Guadalupe (et. al) Los inicios de la actividad notarial en México y su importancia para la historia del derecho mexicano, en Memoria del III Congreso de Historia del Derecho Mexicano. México: UNAM, Instituto de Investigaciones Jurídicas, 1984.

[6] Nota importante. Varios documentos procedentes de la Notaria de Tepeaca fueron publicados por los maestros Hildeberto Martínez y Luis Reyes García que no fueron incluidos en esta publicación. Colección de documentos coloniales de Tepeaca. México: INAH: Colección científica, núm. 134. 1984 y Documentos sobre tierras y señoríos en Cuauhtinchan. Puebla: FCE, 1988.