Confesionario
breve y activo, y pasivo, en lengua mexicana la cual los que comienzan (sabiéndolo
bien de memoria) parece, que cualquiera estará suficiente mientras aprende más,
año de 1746 por el fray Marcos de Saavedra. México: Imprenta Real del Superior
Gobierno, y del Nuevo Rezado.
Introducción y
transcripción: Isis Zempoalteca Chávez.
Año: 2014.
El
autor del texto que a continuación se presenta es el fray Marcos de Saavedra,
“natural de Villamayor en la antigua España, religioso de Santo Domingo del
convento de Villaescusa. El año 1623 pasó a México, siendo aun diacono, y aquí
concluyo sus estudios sagrados y ordenado de presbítero, se embarco a
Filipinas, donde después de algunos trabajos apostólicos falleció el año de
1631”.[1]
El
contenido del libro religioso, trata de una serie de preguntas breves y escuetas
sobre los mandamientos, sin forma extensiva en las mismas preguntas o
respuestas; todas dirigidas al penitente, cuyo título lo expone para un
expedito aprendizaje memorizado.
Nos
referimos al Confesionario, con la
intención de que forme parte integrante del cada vez más amplio reportorio de
textos bilingües que ponemos a consideración de los investigadores de las más
diversas disciplinas para que puedan enriquecernos con el fruto de sus valiosos
trabajos de análisis.
La decisión anterior conlleva la necesidad de definir
claramente lo que debe entenderse por el término confesión, etimológica y
cronológicamente, en un afán de entender mejor la administración del
sacramento de la Penitencia. El término proviene del latín confessio, que significa declaración y hace referencia, en el
lenguaje religioso, a dos hechos fundamentales: a) la
declaración o afirmación pública o privada de la fe o de la creencia
religiosa y b) la declaración solemne de fe de una iglesia, ó secta de la
misma, expresada verbalmente o por escrito. Entendido así, el acto de confesión
se establece como el sacramento del perdón de los pecados del creyente
cristiano. Su realización puede ser ordinaria si se practica por lo menos una
vez al año, o extraordinaria cuando se efectúa en caso de enfermedad o peligro
de muerte, sin establecerse un sitio físico adecuado para realizar la confesión
ordinaria.
El
acto de confesión se divide en:
1.
Examen de conciencia:
que motive al penitente al arrepentimiento de los pecados.
2.
Arrepentimiento de
los pecados cometidos; bien por un acto de amor a Dios misericordioso (contrición),
o como consecuencia del temor de Dios, como justo juez (atrición).
3.
La vergüenza y
humillación que el penitente sufre para enunciar sus culpas no se juzga como un
elemento negativo; al contrario manifiesta la verdad de su exposición, lo pone
en situación de ser purificado al ser perdonado de la falta cometida.
4.
La humillación
sufrida por el penitente y la correspondiente autoridad del confesor para
imponer la penitencia que considere proporcional al pecado confesado.
5.
Y por último el
otorgamiento o no de la absolución, equivalente a la sentencia emitida de
manera declaratoria, como si se tratara de un verdadero acto judicial; lo que
convierte al confesor no en mero interlocutor sino en verdadero juez.
Así
pues, en la evolución de la historia del cristianismo, desde los primeros
siglos, la confesión se realizaba de manera pública y formaba parte del
sistema penitencial de la iglesia primitiva. Durante los siglos IV al VII, la
penitencia canónica se continúo efectuando de tal forma: “[…] que gran
parte del rito se realizaba frente a la muchedumbre”. Posteriormente, con la
celebración del Concilio de Letrán hacia el año de 1215, esta se convirtió
en un acto obligatorio por lo menos una vez al año, durante la celebración de
la Pascua, alternándose “la confesión auricular o privada, que había
coexistido simultáneamente con la pública y había ganado muchos adeptos entre
la iglesia y los mismos fieles [hasta que] fue aceptada de manera oficial”.[2]
Luego, al celebrarse el Concilio Ecuménico de Trento entre 1545 y 1563, la
confesión pasó a formar parte del sistema sacramental (siendo uno de los siete
sacramentos instituidos por Cristo para el perdón de los pecados), donde:
“las autoridades tridentinas decretaron que la penitencia era el medio para
obtener la salvación eterna, pues el hombre, a pesar de su fe, no podía estar
seguro de su salvación en virtud de que por su propia naturaleza esta propenso
a caer en pecado. Sólo podía alcanzar la gracia de Dios por medio de la
penitencia. También se estableció que la confesión era el ´medio seguro de
salvación´ y fue considerada como la tabla de salvación del hombre
pecador”.[3]
Surge
así el Confesionario como libro,
manual o guía para la realización de un examen de conciencia, basado en
preguntas breves que permiten al penitente recordar todas las situaciones en las
cuales estuvo expuesto a incurrir en pecado (venial o mortal). El confesionario
es elaborado por los sacerdotes especializados en teología moral para ayudar al
penitente en los actos cotidianos en los que haya incurrido, todo ello sostenido
en los sacramentos de la iglesia católica. En el siglo XVI, como consecuencia
del Concilio de Trento, se produjo una verdadera explosión editorial en torno a
la penitencia; en donde: “la estructura de estos manuales es, en general,
bastante repetitiva. Suele empezar por un estudio sobre las partes de la confesión
y sus consejos sobre la actitud del confesor y del penitente, pasan después al
examen de los pecados posibles contra cada mandamiento de la ley de Dios, de la
iglesia o contra los sacramentos y quedan desarrollados también los llamados
“pecados capitales” A menudo presentan listas de los pecados más comunes de
algunos oficios: comerciantes, señores, jueces, eclesiásticos”.[4]
Es
necesario aclarar, por último, que la transcripción se hizo bajo las normas de
las Ediciones Sup-infor, que tiene como finalidad fundamental el conocimiento
lingüístico de las lenguas amerindias, particularmente de los vestigios
impresos de la lengua nahua. Importante señalar que, como base del siguiente
trabajo se empleo la edición de Confesionario
breve y activo, y pasivo […], reguardada en el Biblioteca John Carter
Brown, de Providence, Estados Unidos de América. Se respetaron los caracteres
tipográficos y separación de sílabas y palabras del autor, así mismo se
colocaron todos los acentos: agudos, graves y circunflejos utilizados. En el
caso de los tipos no usados en la actualidad para la señalización de las
silabas abreviadas, en las que se colocaron delante de cada una de ellas, como
ejemplo de q^ para designar “que” o d^ en el caso de “de” u otros. Así
mismo se colocaron en dos columnas los textos: tanto la versión castellana como
su correspondiente traducción en el caso de no existir en la edición original,
para la mejor comprensión y correlación.
[1]
Medina, José Toribio, 1989, La
imprenta en México (1539-1821), México, UNAM, pag. 40
[2]
González Marmolejo, Jorge René. Sexo
y Confesión. México: INAH-CONACULTA, 2002, p. 15.
[3]
Ibidem. p. 16.
[4] Sarrión Mora,
Adelina. Sexualidad
y confesión: la solicitación ante el Tribunal del Santo Oficio. Cuenca: Ediciones
de la Universidad de Castilla, La Mancha, 2010 (Colección: MONOGRAFIAS Núm.
60), p. 39.